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Verifactu es el Reglamento de sistemas informáticos de facturación aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Con los plazos vigentes del Real Decreto ley 15/2025, quienes presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener adaptados sus sistemas antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados tributarios antes del 1 de julio de 2027. El aplazamiento a octubre de 2028 que anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026 es una previsión que todavía debe formalizarse en una norma.
Verifactu es el nombre con el que se conoce el Reglamento de sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Obliga a que los programas con los que empresas y profesionales emiten facturas garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, y permite, en la modalidad VERI*FACTU, remitirlos a la Agencia Tributaria. Para un despacho, el cambio no es solo técnico: cada cliente que factura con un programa propio, una hoja de cálculo o un TPV tendrá que revisar su sistema.
¿Qué fechas están vigentes hoy?
El Real Decreto ley 15/2025, de 2 de diciembre, amplió los plazos. Según la nota informativa de la Agencia Tributaria, las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus sistemas antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados tributarios antes del 1 de julio de 2027 (AEAT). El periodo previo es de pruebas.
¿Qué anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026?
El Ministerio de Hacienda publicó una nota en la que comunica la previsión de aplazar las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria de empresarios y profesionales con facturación de hasta 8 millones de euros (Hacienda). La propia nota indica que, una vez aprobada esa alineación, se abordará otra modificación técnica, y que las exigencias de integridad e inalterabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.
La clave para el despacho: es una previsión, no una norma. Como recoge Cinco Días, el aplazamiento todavía debe formalizarse mediante la correspondiente modificación normativa, por lo que los plazos vigentes siguen siendo los de 2027 (Cinco Días).
La factura electrónica entre empresas
En paralelo, la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, regula la solución pública de facturación electrónica y desarrolla el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Según la Agencia Tributaria, desde su entrada en vigor el 6 de octubre de 2026 se cuentan los plazos: el 6 de octubre de 2027 para empresarios con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros y el 6 de octubre de 2028 para el resto (AEAT).
¿Qué conviene hacer en el despacho ahora?
- Inventario por cliente. Anotar qué sistema de facturación usa cada cliente (programa comercial, ERP, hoja de cálculo, TPV, facturación manual) y si el proveedor ha publicado su declaración responsable.
- Clasificar por plazo vigente. Sociedades (1 de enero de 2027) y autónomos (1 de julio de 2027), con una nota sobre el aplazamiento anunciado.
- Comunicación clara. Explicar al cliente que la fecha oficial sigue siendo 2027 hasta que se publique la modificación, y que las garantías técnicas no van a desaparecer.
- No duplicar trabajo. Como Verifactu y la factura electrónica van a converger, conviene que la elección de software cubra ambas obligaciones.
- Revisar cada mes la ficha oficial de Verifactu en la sede de la AEAT (AEAT).
¿Dónde puede ayudar la automatización?
El inventario de sistemas, el semáforo de cumplimiento por cliente y las comunicaciones personalizadas son tareas repetitivas que se pueden automatizar con revisión humana. Para un despacho con cientos de clientes, ahí está el ahorro de horas en los próximos meses.
¿Cómo aplicarlo en el despacho?
- Guía: cómo preparar el despacho para Verifactu: ocho pasos, de inventariar la cartera a revisar el BOE cada mes.
- Checklist Verifactu para despachos: 12 comprobaciones, con PDF descargable.
- Informe: cambios regulatorios para despachos 2026 a 2028: Verifactu, factura electrónica y calendario, con fuentes oficiales.
Fuentes citadas
- AEATsede.agenciatributaria.gob.es/.../nota-informativa-ampliacion-plazo-adaptacion-f...
- Haciendahacienda.gob.es/sgt/gabsehacienda/nota-informativa-verifactu.pdf
- Cinco Díascincodias.elpais.com/.../hacienda-vuelve-a-aplazar-verifactu-hasta-octu...
- AEATsede.agenciatributaria.gob.es/.../orden-hac-1028-2026-2-electronica.html
- AEATsede.agenciatributaria.gob.es/.../sistemas-informaticos-facturacion-verifactu.html
Artículo divulgativo publicado el 15 de octubre de 2026 y actualizado el 16 de octubre de 2026; los datos se contrastaron con las fuentes citadas a 15 de octubre de 2026. No sustituye a la normativa ni al asesoramiento profesional: contraste cada dato con su fuente oficial.