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Guía práctica · Factura electrónica · Unas 6 horas por cliente grande

Cómo emitir factura electrónica B2B.

Pasos para que un despacho prepare a sus clientes para la factura electrónica entre empresas: calendario, formato, plataformas, recepción y estados de pago.

Publicada el · Última actualización: · Autor: Partida Doble IA

Respuesta rápida

La factura electrónica entre empresas es obligatoria desde el 6 de octubre de 2027 para quienes superan 8 millones de euros de volumen de operaciones y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto. El despacho debe clasificar a sus clientes por plazo, confirmar el formato con cada proveedor de software, decidir el canal de envío y preparar la recepción y los estados de las facturas, incluido el pago. Antes de la fecha conviene hacer una prueba completa de emisión y recepción.

Paso a paso

7 pasos, con fuente.

El Real Decreto 238/2026 desarrolla la obligación de expedir y recibir facturas electrónicas entre empresarios y profesionales. La Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, activa los plazos: 6 de octubre de 2027 para quienes superan 8 millones de euros de volumen de operaciones y 6 de octubre de 2028 para el resto.

Para quién: Despachos con clientes que facturan a otras empresas o profesionales.

Necesitará

  • Volumen de operaciones de cada cliente
  • Datos del software de facturación de cada cliente
  • Especificaciones de la Orden HAC/1028/2026

Errores frecuentes

  • Confundir la factura electrónica B2B con Verifactu.
  • Olvidar la recepción de facturas en los clientes pequeños.
  • Elegir plataforma sin comprobar la integración con el programa contable del despacho.

Clasificar a los clientes por plazo

Separe a los clientes con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros, obligados desde el 6 de octubre de 2027, del resto, obligados desde el 6 de octubre de 2028.

Identificar a quién factura cada cliente

Las facturas a consumidores finales no entran en esta obligación. Marque qué parte de la facturación de cada cliente es entre empresas.

Confirmar el formato con el proveedor

Pregunte al proveedor de software qué formatos estructurados admite y cómo cumple las especificaciones técnicas de la Orden HAC/1028/2026.

Decidir el canal de envío

El cliente puede enviar las facturas a través de la solución pública de la AEAT o de una plataforma privada de intercambio. Compare costes, integración con su programa y servicio.

Preparar la recepción

Aunque el cliente pequeño emita desde 2028, recibirá facturas electrónicas de sus proveedores grandes desde 2027. Defina dónde llegan y cómo pasan a la contabilidad del despacho.

Configurar los estados de la factura

La norma exige informar del estado de las facturas, incluido el pago. Acuerde con el cliente quién comunica cada estado y con qué periodicidad.

Hacer una prueba completa

Emita y reciba una factura de prueba con un cliente o proveedor de confianza y compruebe que llega, se contabiliza y queda registrado su estado.

Fuentes

  1. BOE, Real Decreto 238/2026www.boe.es/eli/es/rd/2026/03/25/238/con
  2. AEAT, Orden HAC/1028/2026sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/novedades-iva/novedad
  3. AEAT, calendario de implantación de la factura electrónicasede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/factura-electronica/c
  4. AEAT, obligaciones de los intervinientes en el sistema de factura electrónicawww3.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/factura-electronica/c
  5. Portal Facturaewww.facturae.gob.es/

Guía divulgativa de Partida Doble IA, actualizada a 16 de octubre de 2026. No sustituye a la normativa ni al asesoramiento profesional.

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